Inscripción en el registro
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in Ayudas y tramites
Este es el primer paso y es obligatorio para poder completar el resto de los trámites. Se tiene que inscribir preferiblemente durante la semana posterior al nacimiento del niño. Únicamente hay que llevar el certificado de nacimiento que os darán en el hospital y los DNI de los padres.
En el caso de que los padres residan en otra localidad y deseen inscribirle en el municipio de residencia, deben presentar certificados de empadronamiento y un documento del hospital acreditando que el bebé no ha sido inscrito en esa localidad.
El registro se realizará desde 24 horas después de nacer hasta 8 días después, alargándose el plazo hasta 30 días en casos justificados.
Documentos necesarios
- Matrimonios: Cualquier persona puede inscribir al bebé presentando el D.N.I. propio y el de los padres, el Certificado de Nacimiento y el Libro de Familia.
- Parejas de hecho: Deben acudir el padre y la madre. Si tiene más hijos, además del Certificado de Nacimiento, deben aportar el Libro de Familia. Cuando se trata del primer hijo, el Registro les facilita el Libro de Familia al inscribir al bebé.
- Madres solteras: Se procede como en el caso anterior, personándose el padre y la madre, o bien la madre sola.
- Matrimonios separados o divorciados: Deben personarse el padre y la madre con la misma documentación de los casos anteriores y la Sentencia de Separación o Divorcio.